El Municipio de San Nicolás de los Garza amparará a las primeras 70,000 casas habitación que efectúen el pago por la totalidad del Impuesto Predial durante la campaña del 2025.

Cobertura

Vigencia del seguro
Desde la fecha y hora de pago del impuesto predial y hasta el 31 de 
Diciembre del 2025.

Beneficios

 Protege tu patrimonio en caso de incendio y/o Robo con Violencia.

– Primer riesgo Absoluto: Cuenta con coberturas que te protegerán
contra los principales riesgos.

– Atención en cualquier momento a través de nuestro Call Center
Chubb Hogar Seguro.

-Se cubre el edificio ocupado solamente por
casa habitación:

Incendio y/o Rayo y/o Extensión de cubierta
Bienes cubiertos: Edificio y las instalaciones de clima artificial, 
sanitarias, hidráulicas, eléctricas y demás aditamentos que se 
encuentren fijos a dicho edificio, así como los contenidos Muebles, 
ropa, electrodomésticos y demás contenidos propios de la casa 
habitación (menaje de casa).
Suma asegurada: Hasta por $ 100,000.00 M.N.
Deducible: 2% del límite de indemnización por predio con un mínimo 
de $ 1,000.00 M.N.
Riesgos Cubiertos: Explosión, humo, colisión de vehículos, caída de 
árboles y rotura o filtraciones accidentales de tuberías o sistemas de 
abastecimiento de agua o de vapor. La compañía indemnizará al 
Asegurado contra todo riesgo por daño o pérdida física directa 
ocasionada a los bienes muebles e inmuebles que se localicen dentro 
de los límites de los predios mencionados en la póliza, sujeta a los 
términos, límites, condiciones y exclusiones contenidas en la 
presente póliza.

Sección Robo con violencia menaje de casa (muebles, ropa, 
electrodomésticos y demás contenidos propios de la casa habitación)
Suma asegurada: Hasta por $ 40,000.00 M.N.
Deducible: 25% del monto ajustado con un mínimo de $ 1,000.00 M.N.

Procedimiento en caso de Robo
1.- Denuncia de hechos ante la agencia del Ministerio Público (Acta)
2.- Se reporta el siniestro al departamento de cabina 
Tel. 800-716-54-67

Documentos importantes para solicitar la Reclamación

– Carta de Reclamación (proporcionada por parte de la aseguradora).

– Denuncia de hechos ante la agencia del Ministerio Público (Acta).

– Copia de Identificación Oficial (por ambos lados).

– Copia de Comprobante de Domicilio.

– Copia de comprobantes de preexistencia de los objetos robados.

– (Facturas, Manuales, Fotografías, Cajas o Empaques de los 
artículos robados).

– Presupuesto de reparación o reposición de los bienes dañados.

– (Se deberá incluir solo lo que fue dañado, no las mejoras que se hayan
agregado a la casa-habitación).

– Completar el formato de “Conoce a tu cliente” (proporcionado por 
parte de la aseguradora).

– Copia de recibo de pago de predial.

Procedimiento en caso de Incendio y/o Rayo 
y/o Extensión de cubierta

1.- Reportar a las Autoridades de Emergencia
2.- Se reporta el siniestro al departamento de cabina 
Tel. 800-716-54-67

Documentos importantes para solicitar la Reclamación

– Carta de Reclamación (proporcionada por parte de la aseguradora).

– Reporte de las autoridades que intervinieron en atender el incendio
(Bomberos y/o Protección Civil).

– Copia de Identificación Oficial (por ambos lados).- Copia de Comprobante de Domicilio.

– Copia de comprobantes de preexistencia de los artículos dañados.- Presupuesto de reparación o reposición de los bienes dañados.

– Completar el formato de “Conoce a tu cliente” (proporcionado por 
parte de la aseguradora).- Copia de recibo de pago de predial.

Es importante señalar que esta solicitud de documentos se hace 
de manera enunciativa no limitativa, por lo que en caso de 
requerir cualquier documentación adicional se solicitará en 
su momento.

Principales Exclusiones

– Inmuebles en proceso de construcción o reconstrucción o que carezcan de alguna ventana, puerta, paredes o techo.- Inmuebles deshabitados o abandonados.- Pérdidas de daños en cualquier negocio sea constituido o no.– Robo sin violencia, extravío o desaparición misteriosa de cualquiera
de los bienes asegurados.– Los artículos de uso personal como son: laptop, celulares, cámaras 
fotográficas y de video, iPod, joyas, relojes, dinero, lentes, videojuegos 
portátiles, así mismo artículos que no sean propios del menaje de casa.– Robo o asalto en que intervienen personas por las cuales el asegurado 
fuere civilmente responsable, beneficiarios o causahabientes 
del asegurado.

IMPORTANTE
El presente documento muestra en forma general las condiciones 
particulares de la póliza, en caso de duda o controversia, prevalecerán las 
condiciones de la póliza original.

En caso de sufrir cualquiera de estas situaciones
favor de reportar a los siguientes teléfonos:
Chubb Hogar Seguro Tel. 800-716-54-67
Módulo de Atención al Contribuyente ubicado en
las instalaciones de la Presidencia Municipal
Tel. 81-8158-1200 Ext. 2902 y 2227